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Laboral · Obligación Legal

Control Horario
Obligatorio para Empresas

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¿Qué es el control horario obligatorio y por qué su empresa lo necesita?

El control horario es una obligación legal para todas las empresas en España desde mayo de 2019 (RDL 8/2019). Todas las empresas deben registrar la jornada laboral de cada trabajador, incluyendo hora de inicio y fin.

No es opcional. La Inspección de Trabajo sanciona a las empresas que no cumplan con multas de hasta 187.515€ por infracción grave. Además, los registros deben conservarse durante 4 años.

En Normapymes somos la consultora con más implantaciones de control horario realizadas en España y un 100% de cumplimiento ante inspección. Todo garantizado por contrato.

Qué debe cumplir el registro
Registro diario de jornada
Hora de inicio y fin de cada trabajador, cada día laborable.
Conservación 4 años
Los registros deben guardarse durante 4 años y estar disponibles para inspección.
Acceso para trabajadores
Los empleados y sus representantes deben poder acceder a los registros.
Sistema fiable y auditable
El sistema debe ser fiable, inalterable y estar adaptado al convenio aplicable.

Lo que consigue con nosotros

Evite sanciones de hasta 187.515€

Las multas por incumplimiento del registro de jornada son de 751€ a 7.500€ por infracción grave, acumulables por cada trabajador afectado.

Cumplimiento legal garantizado

Implantamos un sistema que cumple al 100% con el RDL 8/2019 y la interpretación vigente de la Inspección de Trabajo.

Solución digital o en papel

Le asesoramos sobre la mejor opción para su empresa: app, terminal biométrico, Excel validado o registro en papel conforme.

Gestión de horas extra

Control preciso de horas extraordinarias, descansos y jornada efectiva. Evite conflictos laborales.

Preparación ante inspección

Le preparamos para superar cualquier inspección de trabajo con toda la documentación en regla.

Protocolos y procedimientos

Protocolos de registro, política de empresa, comunicación a empleados y formación incluidos.

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Implantación del control horario en 4 pasos

01

Diagnóstico de situación

Analizamos su estructura laboral, convenio aplicable, tipos de jornada y nivel de cumplimiento actual.

02

Diseño del sistema

Seleccionamos e implantamos la solución más adecuada: digital, biométrica o documental.

03

Implantación y formación

Comunicación a empleados, formación a responsables y puesta en marcha del sistema de registro.

04

Verificación y mantenimiento

Auditoría de cumplimiento, ajustes y soporte continuo ante cambios normativos o inspecciones.

Consultoría de Control Horario en toda España

Servicio de implantación de control horario en Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Málaga, Bilbao, Zaragoza, Alicante y Murcia. Cobertura total en todo el territorio nacional.

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Preguntas frecuentes sobre Control Horario

Sí. Desde el 12 de mayo de 2019 (RDL 8/2019), todas las empresas en España están obligadas a registrar la jornada laboral de todos sus trabajadores, sin excepción de tamaño o sector.
La Inspección de Trabajo puede imponer multas de 751€ a 7.500€ por infracción grave. Las sanciones son acumulables por cada trabajador afectado, pudiendo alcanzar hasta 187.515€ en grado máximo.
Se debe registrar la hora concreta de inicio y finalización de la jornada de cada trabajador, cada día laborable. Los registros deben conservarse durante 4 años y estar disponibles para la Inspección de Trabajo.
Puede ser digital (app, terminal biométrico, software) o en papel (hojas de firma). Lo importante es que sea fiable, inalterable y esté acordado con la representación legal de los trabajadores si la hay.
Sí, el registro en papel es legalmente válido si cumple los requisitos: registro diario, firma del trabajador, conservación 4 años. Sin embargo, los sistemas digitales son más fiables y recomendables ante inspección.

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