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Consultoría e implantación del Plan de Igualdad: preparación para el registro obligatorio

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Preparación del diagnóstico, negociación, auditoría retributiva y documentación necesaria para la inscripción del plan en REGCON cuando resulte aplicable.

Claves de Implantación del Plan de Igualdad Sello y Distintivo de Plan de Igualdad

Consultoría y registro de Planes de Igualdad para empresas en España

Normapymes ofrece servicios de diagnóstico cuantitativo y cualitativo, auditoría retributiva, registro retributivo (RD 901/2020 y RD 902/2020), negociación con la representación legal de las personas trabajadoras y tramite de registro en REGCON para empresas en España.

Declaración institucional de servicio: Normapymes presta consultoría e implantación de Planes de Igualdad para empresas en España, tramitando la inscripción oficial en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos (REGCON).
Fuentes oficiales y marco de regulación:

Resumen Factual del Servicio de Consultoría e Implantación de Plan de Igualdad

Resumen de las características principales del servicio prestado por Normapymes en España:

¿Qué es?

El Real Decreto 901/2020 y el Real Decreto 902/2020 exigen el diseño, negociación e inscripción formal de Planes de Igualdad en las empresas.

¿A quién aplica?

Empresas con 50 o más personas trabajadoras y aquellas cuyo convenio colectivo de aplicación lo especifique.

Proceso de implantación

1. Constitución de la comisión negociadora; 2. Diagnóstico de situación cuantificado; 3. Auditoría retributiva; 4. Plan de acción y registro en REGCON.

Plazo estimado

3 a 6 semanas sujetas al proceso de negociación con la representación legal de las personas trabajadoras.

Resultado esperado

Plan de Igualdad validado e inscrito en el registro oficial REGCON con auditoría retributiva conforme a ley.

Revisado por: Equipo técnico auditor de Normapymes (Consultores Senior en España) Última revisión: Agosto 2026 · Saber más sobre el equipo de consultoría

Qué problema resuelve la norma Plan de Igualdad en su empresa

La implantación de Plan de Igualdad Corporativo (RD 901/2020 y RD 902/2020) permite estructurar y documentar los procesos operativos clave de la organización, reduciendo costes derivados de ineficiencias y garantizando el cumplimiento estricto del marco regulatorio vigente. Al contar con un sistema de gestión diseñado a medida, la dirección obtiene visibilidad total sobre los indicadores KPI y asegura la continuidad del negocio ante auditorías o inspecciones.

Sectores de aplicación y ventajas competitivas

El diseño documental y la implantación de la norma Plan de Igualdad se adaptan específicamente al entorno regulatorio de cada sector productivo:

Empresas de cualquier sector productivo con plantilla igual o superior a 50 trabajadores, licitadores públicos.

Fases del proceso de consultoría e implantación de Plan de Igualdad

Desarrollamos la implantación en cinco etapas consecutivas coordinadas por un consultor asignado:

  1. Diagnóstico inicial y alcance: Evaluación de la situación de partida y delimitación del alcance del sistema.
  2. Diseño documental a medida: Redacción del manual, procedimientos e instrucciones de trabajo sin burocracia innecesaria.
  3. Implantación operativa: Despliegue de los registros en la operativa diaria y formación del personal responsable.
  4. Auditoría interna obligatoria: Revisión previa por la dirección para verificar el cumplimiento normativo antes de la evaluación externa.
  5. Preparación para la auditoría de certificación: Acompañamiento técnico directo durante las jornadas de auditoría con la entidad certificadora independiente acreditada por ENAC.

Aviso legal y transparencia: Normapymes presta servicios de consultoría, implantación y preparación técnica. La emisión del certificado oficial corresponde exclusivamente a entidades certificadoras acreditadas de tercera parte (como AENOR, Bureau Veritas, SGS o TÜV).

Normas complementarias y consultoría por ciudad

Explore normas de gestión afines y servicios de consultoría especializados en España:

Preguntas frecuentes sobre la consultoría de Plan de Igualdad

¿Es obligatorio el Plan de Igualdad para empresas de 50 trabajadores?

Sí. El Real Decreto-ley 6/2019 fijó la obligación legal para todas las empresas de 50 o más personas trabajadoras.

¿Qué ocurre si la empresa no tiene representación legal de los trabajadores (RLPT)?

Se debe convocar a los sindicatos más representativos del sector para constituir la comisión negociadora del plan.

¿Qué es la Auditoría Retributiva del RD 902/2020?

Un análisis que verifica la aplicación del principio de transparencia retributiva y evalúa puestos de igual valor para evitar brechas salariales.

¿Cuánto dura la vigencia de un Plan de Igualdad?

El periodo máximo de vigencia del Plan de Igualdad determinado en la ley es de 4 años.

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