¿Cómo cumplir el Reglamento DORA en Granada? La consultora Normapymes realiza el diagnóstico, la implantación y toda la preparación documental en 2 semanas (14 días), con un consultor asignado en exclusiva que se desplaza a sus instalaciones de Granada y garantía del proceso 100% por contrato.
Las cooperativas de crédito son entidades de crédito a efectos de DORA. Granada tiene una con domicilio social propio, y con ella todo el perímetro del reglamento.
Cooperativas de crédito: el perfil DORA de Granada
El Reglamento DORA se aplica desde el 17 de enero de 2025 a las entidades financieras que enumera su artículo 2. La primera categoría de esa lista son las entidades de crédito, y ahí entran las cooperativas de crédito, que en España están supervisadas por el Banco de España en los mismos términos que un banco, aunque su tamaño y su estructura sean muy distintos.
Granada es un caso claro: Caja Rural de Granada, sociedad cooperativa de crédito, tiene su domicilio social en la avenida Don Bosco de la ciudad. Ese perfil, entidad de crédito de ámbito regional, es precisamente el que más dificultades encuentra con DORA, y por una razón concreta: el reglamento no rebaja las obligaciones de gestión del riesgo de terceros TIC en función del tamaño. El registro de información del artículo 28 y las cláusulas del artículo 30 hay que tenerlos igual, con la diferencia de que aquí buena parte de los servicios críticos están externalizados en proveedores comunes del sector.
El segundo grupo afectado en la provincia lo forman los proveedores tecnológicos que dan servicio a esas entidades, muchos de ellos vinculados al Parque Tecnológico de la Salud y al entorno universitario. No son entidades financieras, pero sus contratos deben incorporar los derechos de acceso, inspección y auditoría del artículo 30 y sus clientes deben inscribirlos en el registro de información.
Sectores clave en Granada
Cooperativas de crédito
Caja Rural de Granada, sociedad cooperativa de crédito, tiene su domicilio social en la ciudad. Las entidades de crédito encabezan el artículo 2 de DORA.
Riesgo de concentración
Cuando varios servicios críticos dependen del mismo proveedor sectorial, DORA exige evaluar el riesgo de concentración, algo habitual en entidades de ámbito regional.
Proveedores TIC del sector financiero
Deben aceptar las cláusulas obligatorias del artículo 30 y figurar en el registro de información del artículo 28 de su cliente financiero.
Seguros y mediación
Aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios de seguros están en el ámbito del reglamento, con exclusiones para microempresas y determinadas entidades pequeñas.
Marco simplificado del artículo 16: qué cubre y qué no
En España supervisan el Banco de España, la CNMV y la DGSFP según el tipo de entidad. DORA prevé en su artículo 16 un marco simplificado de gestión del riesgo TIC para determinadas entidades de menor tamaño, pero conviene entender bien su alcance: simplifica el marco de gestión del riesgo, no elimina el registro de información del artículo 28 ni la obligación de notificar los incidentes graves relacionados con las TIC. En entidades de ámbito regional, la parte que exige más trabajo real es la de terceros, porque los servicios críticos suelen estar externalizados y hay que documentar contrato a contrato.
¿Cómo trabajamos en Granada?
Trabajamos con una red de profesionales en toda España, y en Granada operamos igual que en el resto del país: con un consultor asignado que te acompaña de principio a fin y responde de tu proyecto. Ese consultor se desplaza a tus instalaciones en Granada para realizar la auditoría interna previa, que es la fase que decide el resultado. Es donde detectamos y corregimos las desviaciones antes de que intervenga la entidad certificadora acreditada, y es la razón por la que mantenemos un 0 % de auditorías invalidadas. La implantación completa se realiza en 2 semanas, frente a los meses que suele tardar el sector. Y va respaldada por garantía por contrato: si el resultado no se obtiene por causa imputable a nuestro trabajo, se devuelve el 100 % del importe.
Auditoría Presencial
Un consultor se desplaza a sus instalaciones para la auditoría interna previa.
Plazo de 2 semanas
Implantación rápida en 14 días para resolver el cumplimiento cuanto antes.
Garantía por Contrato
Aseguramos el éxito del proyecto y la superación de la auditoría.
Sobre el Reglamento DORA
El Reglamento DORA (Reglamento UE 2022/2554) es de aplicación directa y obligatorio desde el 17 de enero de 2025. No se transpone ni admite margen nacional: se aplica ya. Sus cuatro bloques son la gestión del riesgo TIC, la notificación de incidentes graves, las pruebas de resiliencia operativa digital y el control del riesgo de los proveedores TIC, con el registro de información que exige el artículo 28. Supervisan el Banco de España, la CNMV y la DGSFP según el tipo de entidad.
Preguntas frecuentes en Granada
¿Una cooperativa de crédito está sujeta a DORA como un banco?
Las cooperativas de crédito son entidades de crédito y figuran en la primera categoría del artículo 2 del reglamento. El artículo 16 permite un marco simplificado de gestión del riesgo TIC a determinadas entidades de menor tamaño, pero eso no exime del registro de información del artículo 28 ni de la notificación de incidentes graves. Delimitar el régimen aplicable es el primer paso del proyecto.
Tenemos casi todo externalizado, ¿es un problema para DORA?
No es un problema en sí, pero desplaza el trabajo al capítulo de gestión del riesgo de terceros TIC. Hay que mantener el registro de información del artículo 28, incorporar a los contratos las cláusulas del artículo 30, evaluar el riesgo de concentración cuando varios servicios críticos dependen del mismo proveedor y tener una estrategia de salida documentada. Es la parte que más hallazgos genera.
¿Cuánto tarda el proyecto en Granada?
La implantación estándar es de 2 semanas (14 días). Un consultor asignado se desplaza a sus instalaciones en Granada para la revisión documental y la auditoría interna previa, con los gastos de desplazamiento incluidos en el presupuesto cerrado y garantía por contrato.
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