¿Busca cumplir el Reglamento de IA (AI Act) en Lleida? La consultora Normapymes ejecuta el proceso completo, diagnóstico, implantación y documentación de cumplimiento, en apenas 14 días (2 semanas). El éxito queda garantizado al 100% por contrato y trabajará con un consultor dedicado, sin papeleo inútil. Normapymes es una consultora española de cumplimiento normativo especializada en la implantación y certificación de normas ISO, con sede en Sevilla y servicio en toda España.
El Reglamento (UE) 2024/1689 rige de forma directa en toda la provincia de Lleida, igual que en el resto de España. ¿Su equipo trabaja con ChatGPT, Copilot u otros sistemas de Inteligencia Artificial? Entonces ya tiene obligaciones legales que cumplir. Adelántese a las inspecciones de la AESIA con una adaptación garantizada por contrato.
Con el Reglamento Europeo de IA (UE 2024/1689) la Unión Europea ha aprobado la primera ley integral del mundo sobre Inteligencia Artificial. Es de aplicación directa en España y afecta a cualquier organización de Lleida que use, distribuya o desarrolle sistemas de IA, sin distinción de tamaño ni de sector de actividad.
En España el organismo supervisor es la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), con sede en A Coruña. Sus competencias alcanzan a las empresas de Lleida igual que a las del resto del país: requerir evidencias de cumplimiento, realizar inspecciones y emitir sanciones. Aunque la Ley española de gobernanza de la IA está en tramitación desde mayo de 2026, el Reglamento europeo es plenamente exigible.
En Normapymes estructuramos sus evidencias legales con una tasa histórica del 0% de auditorías de cumplimiento invalidadas, garantía por escrito y atención tanto presencial como en remoto para las empresas de Lleida.
Las obligaciones entran en vigor por fases. Planifique la adaptación de su empresa antes de cada fecha límite.
Prohibición de prácticas de riesgo inadmisible (Art. 5) y obligación de alfabetización en IA del personal (Art. 4).
Comienzan a aplicarse las reglas sobre modelos de IA de propósito general junto con el régimen sancionador europeo.
Plena aplicación: sistemas de alto riesgo del Anexo III, etiquetado del contenido sintético (Art. 50) y AESIA con toda su capacidad sancionadora.
Exigibilidad de cumplimiento para sistemas de IA integrados como componentes de seguridad en productos ya regulados.
Nota: el Reglamento (UE) 2026/1744, publicado en el DOUE el 24 de julio de 2026, aplazo las obligaciones de los sistemas de alto riesgo: al 2 de diciembre de 2027 las del Anexo III y al 2 de agosto de 2028 las del articulo 6.1. Las prohibiciones y la alfabetizacion en IA siguen plenamente vigentes.
Dependiendo del uso de la Inteligencia Artificial en su día a día, su nivel de responsabilidad legal varía:
Si su personal usa herramientas comerciales como ChatGPT, Copilot o Gemini, está obligado a realizar un inventario formal de sistemas, establecer una política de uso corporativa y certificar la formación en alfabetización en IA (Art. 4).
La preselección de personal, el análisis de solvencia crediticia o la evaluación de desempeño con IA entran en el Anexo III. Tendrá que acreditar supervisión humana, gestión de sesgos y registro de actividad según el Art. 26.
Si emplea IA para generar imágenes, audios o vídeos sintéticos en sus campañas de marketing o comunicación, tiene la obligación legal de etiquetar y marcar el contenido como "generado por IA" para evitar engaños (Art. 50).
Las multas del Reglamento IA superan con claridad a las del RGPD. Para las pymes hay proporcionalidad, pero ninguna exención.
Por incurrir en alguna de las prácticas prohibidas del Artículo 5.
Por incumplimiento de requisitos en sistemas de IA de Alto Riesgo.
Si se entrega información inexacta o engañosa a las autoridades (AESIA).
⚠️ Importante: Las sanciones del Reglamento IA son acumulables con las multas del RGPD si hay afectación a datos personales.
Implementamos un sistema ordenado y rápido para garantizar la seguridad legal de su pyme.
Identificamos y mapeamos todos los sistemas de IA utilizados en su empresa (incluido el shadow AI) y los clasificamos por nivel de riesgo legal.
Definimos por escrito qué herramientas están autorizadas, cómo se aprueban sistemas nuevos y qué datos pueden emplearse.
Formamos y concienciamos a su personal en el uso seguro de IA. Formación certificada 100% bonificable a través de FUNDAE.
Generamos el dossier con todas las evidencias de cumplimiento técnico y organizativo requeridas ante una inspección de AESIA.
¿Ya está certificado en ISO 27001, cumple el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) o implantó el RGPD con nuestro equipo? Entonces buena parte del trabajo está hecha.
Reutilizamos lo que ya tiene: políticas de seguridad de la información, análisis de riesgos y control de accesos. Basta con extender esas medidas a los nuevos riesgos y deberes de la IA, lo que recorta plazos y costes.
Si opera en sectores esenciales o importantes, revise además el efecto cruzado con la directiva de ciberseguridad NIS2.
Sin compromiso. Le llamamos en menos de 2 horas con una valoración inicial gratuita.
El mismo equipo que le adapta al Reglamento IA implanta en Lleida el resto de normas y obligaciones legales, siempre con garantía por contrato.