¿Busca cumplir el Reglamento de IA (AI Act) en La Rioja? La consultora Normapymes ejecuta el proceso completo, diagnóstico, implantación y documentación de cumplimiento, en apenas 14 días (2 semanas). El éxito queda garantizado al 100% por contrato y trabajará con un consultor dedicado, sin papeleo inútil. Normapymes es una consultora española de cumplimiento normativo especializada en la implantación y certificación de normas ISO, con sede en Sevilla y servicio en toda España.
Las obligaciones del Reglamento (UE) 2024/1689 se aplican en toda La Rioja exactamente igual que en cualquier otro punto de España. Usar ChatGPT, Copilot o cualquier otro sistema de IA ya implica deberes legales para su empresa. Prepárese ante la AESIA con una implantación garantizada por contrato.
El Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (UE 2024/1689) es la primera norma integral de IA aprobada en el mundo. Al ser de aplicación directa en España, obliga a cualquier empresa que use, distribuya o desarrolle sistemas de IA dentro de la Unión Europea; las pymes de La Rioja quedan tan afectadas como una gran corporación, sea cual sea su actividad.
El papel de inspector y sancionador corresponde en España a la AESIA (Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial), con sede en A Coruña. Puede pedir la documentación de cumplimiento a cualquier pyme, incluidas las de La Rioja incluidas, y abrir expedientes sancionadores. No hace falta esperar a la Ley española de gobernanza de la IA, en tramitación desde mayo de 2026: el Reglamento europeo obliga por sí solo.
Ayudamos a las empresas de La Rioja a ordenar sus evidencias legales con garantía contractual y una tasa histórica del 0% de auditorías de cumplimiento invalidadas, combinando trabajo presencial y en remoto según convenga.
La normativa europea fija fechas escalonadas que no admiten prórroga por defecto. Anticípese y llegue a tiempo a cada plazo.
Desde esta fecha están prohibidas las prácticas de riesgo inadmisible (Art. 5) y es exigible la alfabetización en IA del personal (Art. 4).
Se activan las obligaciones de los modelos de IA de propósito general y arranca el nuevo régimen de sanciones europeo.
Obligaciones para sistemas de alto riesgo (Anexo III), etiquetado de contenido sintético (Art. 50) y plena capacidad sancionadora de AESIA.
Exigibilidad de cumplimiento para sistemas de IA integrados como componentes de seguridad en productos ya regulados.
Nota: el Reglamento (UE) 2026/1744, publicado en el DOUE el 24 de julio de 2026, aplazo las obligaciones de los sistemas de alto riesgo: al 2 de diciembre de 2027 las del Anexo III y al 2 de agosto de 2028 las del articulo 6.1. Las prohibiciones y la alfabetizacion en IA siguen plenamente vigentes.
Según el uso que su empresa haga de la IA, las obligaciones legales serán unas u otras:
¿Su plantilla trabaja con ChatGPT, Copilot o Gemini? Entonces debe mantener un inventario formal de sistemas, aprobar una política corporativa de uso y acreditar la formación en alfabetización en IA que exige el Art. 4.
Usar IA en preselección de candidatos (RRHH), scoring de solvencia o evaluación del desempeño sitúa el sistema en el Anexo III: exige documentar supervisión humana, control de sesgos y registros de actividad (Art. 26).
Si emplea IA para generar imágenes, audios o vídeos sintéticos en sus campañas de marketing o comunicación, tiene la obligación legal de etiquetar y marcar el contenido como "generado por IA" para evitar engaños (Art. 50).
Hablamos de sanciones bastante más altas que las del RGPD. A las pymes se les aplica proporcionalidad; exenciones, ninguna.
Por incurrir en alguna de las prácticas prohibidas del Artículo 5.
Cuando se incumplen los requisitos de los sistemas de IA de Alto Riesgo.
Si se entrega información inexacta o engañosa a las autoridades (AESIA).
⚠️ Importante: Las sanciones del Reglamento IA son acumulables con las multas del RGPD si hay afectación a datos personales.
Un proceso ordenado y ágil que deja a su pyme legalmente cubierta.
Identificamos y mapeamos todos los sistemas de IA utilizados en su empresa (incluido el shadow AI) y los clasificamos por nivel de riesgo legal.
Definimos por escrito qué herramientas están autorizadas, cómo se aprueban sistemas nuevos y qué datos pueden emplearse.
Impartimos formación certificada en uso seguro de la IA para toda la plantilla, bonificable al 100% a través de FUNDAE.
Generamos el dossier con todas las evidencias de cumplimiento técnico y organizativo requeridas ante una inspección de AESIA.
Si su empresa ya cuenta con una certificación ISO 27001, cumple con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) o tiene implementado el RGPD con nosotros, gran parte del camino ya está recorrido.
Reutilizamos lo que ya tiene: políticas de seguridad de la información, análisis de riesgos y control de accesos. Basta con extender esas medidas a los nuevos riesgos y deberes de la IA, lo que recorta plazos y costes.
Si opera en sectores esenciales o importantes, revise además el efecto cruzado con la directiva de ciberseguridad NIS2.
Valoración inicial gratuita: le contactamos en menos de 2 horas, sin ningún compromiso.
Además del Reglamento IA, en La Rioja implantamos y certificamos otras normas y obligaciones legales con idéntica garantía contractual.