¿Cómo adaptar una empresa de Palencia al Reglamento de IA (AI Act)? Normapymes se encarga de la consultoría, la implantación y la preparación de evidencias en solo 2 semanas (14 días), con un consultor asignado en exclusiva, garantía del 100% firmada por contrato y sin burocracia innecesaria. Normapymes es una consultora española de cumplimiento normativo especializada en la implantación y certificación de normas ISO, con sede en Sevilla y servicio en toda España.
Da igual el sector: si una empresa de Palencia utiliza sistemas de Inteligencia Artificial como ChatGPT o Copilot, el Reglamento (UE) 2024/1689, de aplicación directa en España, le exige cumplir. Atendemos en remoto y de forma presencial, y garantizamos por contrato la adaptación frente a la AESIA.
El Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como AI Act, es la primera regulación integral de la Inteligencia Artificial a nivel mundial y rige de forma directa en España. Ninguna empresa que utilice, comercialice o desarrolle sistemas de IA en la UE queda fuera: tampoco las pymes y micropymes de Palencia, por pequeñas que sean.
La Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), con sede en A Coruña, es el supervisor oficial en España: puede inspeccionar pymes en cualquier provincia, incluida la provincia de Palencia, exigir la documentación de cumplimiento y sancionar las infracciones. La ley española de gobernanza de la IA sigue en tramitación, pero el Reglamento europeo es de aplicación directa y ya es exigible por sí mismo.
En Normapymes estructuramos sus evidencias legales con una tasa histórica del 0% de auditorías de cumplimiento invalidadas, garantía por escrito y atención tanto presencial como en remoto para las empresas de Palencia.
El calendario europeo es escalonado y de obligado cumplimiento: conviene que su empresa llegue preparada a cada hito.
Desde esta fecha están prohibidas las prácticas de riesgo inadmisible (Art. 5) y es exigible la alfabetización en IA del personal (Art. 4).
Comienzan a aplicarse las reglas sobre modelos de IA de propósito general junto con el régimen sancionador europeo.
Plena aplicación: sistemas de alto riesgo del Anexo III, etiquetado del contenido sintético (Art. 50) y AESIA con toda su capacidad sancionadora.
Exigibilidad de cumplimiento para sistemas de IA integrados como componentes de seguridad en productos ya regulados.
Nota: el Reglamento (UE) 2026/1744, publicado en el DOUE el 24 de julio de 2026, aplazo las obligaciones de los sistemas de alto riesgo: al 2 de diciembre de 2027 las del Anexo III y al 2 de agosto de 2028 las del articulo 6.1. Las prohibiciones y la alfabetizacion en IA siguen plenamente vigentes.
Dependiendo del uso de la Inteligencia Artificial en su día a día, su nivel de responsabilidad legal varía:
El simple uso de herramientas comerciales (ChatGPT, Copilot, Gemini) ya obliga a inventariar los sistemas, fijar una política de uso corporativa y certificar la alfabetización en IA del personal conforme al Art. 4.
Si aplica IA para preselección de personal (RRHH), análisis de solvencia para créditos o evaluación de desempeño, se clasifica en el Anexo III. Debe documentar medidas de supervisión humana, control de sesgos y registro de actividad (Art. 26).
¿Genera imágenes, audios o vídeos sintéticos con IA para marketing o comunicación? La ley le obliga a marcarlos y etiquetarlos como "generado por IA" para no inducir a engaño (Art. 50).
Las multas del Reglamento IA superan con claridad a las del RGPD. Para las pymes hay proporcionalidad, pero ninguna exención.
Por incurrir en alguna de las prácticas prohibidas del Artículo 5.
Por no cumplir los requisitos exigidos a los sistemas de Alto Riesgo.
Por facilitar a la autoridad (AESIA) información falsa o inexacta.
⚠️ Importante: Las sanciones del Reglamento IA son acumulables con las multas del RGPD si hay afectación a datos personales.
Un proceso ordenado y ágil que deja a su pyme legalmente cubierta.
Elaboramos el mapa completo de sistemas de IA de la organización, shadow AI incluido, y clasificamos cada uno según su riesgo legal.
Definimos por escrito qué herramientas están autorizadas, cómo se aprueban sistemas nuevos y qué datos pueden emplearse.
Impartimos formación certificada en uso seguro de la IA para toda la plantilla, bonificable al 100% a través de FUNDAE.
Generamos el dossier con todas las evidencias de cumplimiento técnico y organizativo requeridas ante una inspección de AESIA.
Si su empresa ya cuenta con una certificación ISO 27001, cumple con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) o tiene implementado el RGPD con nosotros, gran parte del camino ya está recorrido.
Aprovechamos sus políticas de seguridad de la información, análisis de riesgos y control de accesos existentes. Solo extendemos estas medidas para cubrir los nuevos riesgos y obligaciones de la Inteligencia Artificial, ahorrando plazos y costes de implantación.
Consulte también el impacto cruzado en la directiva de ciberseguridad NIS2 si pertenece a sectores esenciales o importantes.
Le llamamos en menos de 2 horas con una primera valoración gratuita y sin compromiso.
Además del Reglamento IA, en Palencia implantamos y certificamos otras normas y obligaciones legales con idéntica garantía contractual.