¿Cómo implantar el Reglamento de IA (AI Act) en una pyme de Ourense? En Normapymes realizamos la consultoría y dejamos su empresa adaptada en 2 semanas (14 días): un consultor en exclusiva, cero burocracia superflua y garantía de éxito del 100% recogida en contrato. Normapymes es una consultora española de cumplimiento normativo especializada en la implantación y certificación de normas ISO, con sede en Sevilla y servicio en toda España.
El Reglamento (UE) 2024/1689 rige de forma directa en toda la provincia de Ourense, igual que en el resto de España. ¿Su equipo trabaja con ChatGPT, Copilot u otros sistemas de Inteligencia Artificial? Entonces ya tiene obligaciones legales que cumplir. Adelántese a las inspecciones de la AESIA con una adaptación garantizada por contrato.
Con el Reglamento Europeo de IA (UE 2024/1689) la Unión Europea ha aprobado la primera ley integral del mundo sobre Inteligencia Artificial. Es de aplicación directa en España y afecta a cualquier organización de Ourense que use, distribuya o desarrolle sistemas de IA, sin distinción de tamaño ni de sector de actividad.
La Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), con sede en A Coruña, es el supervisor oficial en España: puede inspeccionar pymes en cualquier provincia, incluida la provincia de Ourense, exigir la documentación de cumplimiento y sancionar las infracciones. La ley española de gobernanza de la IA sigue en tramitación, pero el Reglamento europeo es de aplicación directa y ya es exigible por sí mismo.
En Normapymes estructuramos sus evidencias legales con una tasa histórica del 0% de auditorías de cumplimiento invalidadas, garantía por escrito y atención tanto presencial como en remoto para las empresas de Ourense.
La normativa europea fija fechas escalonadas que no admiten prórroga por defecto. Anticípese y llegue a tiempo a cada plazo.
Prohibición de prácticas de riesgo inadmisible (Art. 5) y obligación de alfabetización en IA del personal (Art. 4).
Comienzan a aplicarse las reglas sobre modelos de IA de propósito general junto con el régimen sancionador europeo.
Obligaciones para sistemas de alto riesgo (Anexo III), etiquetado de contenido sintético (Art. 50) y plena capacidad sancionadora de AESIA.
Exigibilidad de cumplimiento para sistemas de IA integrados como componentes de seguridad en productos ya regulados.
Nota: el Reglamento (UE) 2026/1744, publicado en el DOUE el 24 de julio de 2026, aplazo las obligaciones de los sistemas de alto riesgo: al 2 de diciembre de 2027 las del Anexo III y al 2 de agosto de 2028 las del articulo 6.1. Las prohibiciones y la alfabetizacion en IA siguen plenamente vigentes.
Su responsabilidad legal depende de cómo se use la Inteligencia Artificial en la operativa diaria:
Si su personal usa herramientas comerciales como ChatGPT, Copilot o Gemini, está obligado a realizar un inventario formal de sistemas, establecer una política de uso corporativa y certificar la formación en alfabetización en IA (Art. 4).
La preselección de personal, el análisis de solvencia crediticia o la evaluación de desempeño con IA entran en el Anexo III. Tendrá que acreditar supervisión humana, gestión de sesgos y registro de actividad según el Art. 26.
¿Genera imágenes, audios o vídeos sintéticos con IA para marketing o comunicación? La ley le obliga a marcarlos y etiquetarlos como "generado por IA" para no inducir a engaño (Art. 50).
Hablamos de sanciones bastante más altas que las del RGPD. A las pymes se les aplica proporcionalidad; exenciones, ninguna.
Para empresas que implementen prácticas prohibidas por el Artículo 5.
Por no cumplir los requisitos exigidos a los sistemas de Alto Riesgo.
Por suministrar información inexacta o falsa a las autoridades (AESIA).
⚠️ Importante: Cuando la infracción afecta a datos personales, la sanción del Reglamento IA puede acumularse a la del RGPD.
Trabajamos con un método rápido y sistemático que asegura el cumplimiento legal de su pyme.
Identificamos y mapeamos todos los sistemas de IA utilizados en su empresa (incluido el shadow AI) y los clasificamos por nivel de riesgo legal.
Definimos por escrito qué herramientas están autorizadas, cómo se aprueban sistemas nuevos y qué datos pueden emplearse.
Impartimos formación certificada en uso seguro de la IA para toda la plantilla, bonificable al 100% a través de FUNDAE.
Compilamos todas las evidencias de cumplimiento, técnicas y organizativas, listas para presentar ante una inspección de AESIA.
Para las empresas que ya disponen de ISO 27001, del Esquema Nacional de Seguridad (ENS) o de un RGPD bien implantado, el recorrido pendiente es mucho más corto.
En lugar de partir de cero, extendemos sus políticas de seguridad, análisis de riesgos y controles de acceso actuales para cubrir las nuevas obligaciones de la Inteligencia Artificial. El resultado: menos plazo y menos coste.
Si opera en sectores esenciales o importantes, revise además el efecto cruzado con la directiva de ciberseguridad NIS2.
Sin compromiso. Le llamamos en menos de 2 horas con una valoración inicial gratuita.
Implantamos y certificamos otras normas y obligaciones legales en Ourense con el mismo equipo y la misma garantía por contrato.