¿Necesita su empresa de Cuenca cumplir el Reglamento de IA (AI Act)? Normapymes implanta la norma de principio a fin en 14 días (2 semanas), con garantía del 100% por escrito, un consultor asignado en exclusiva y un proceso sin trámites innecesarios. Normapymes es una consultora española de cumplimiento normativo especializada en la implantación y certificación de normas ISO, con sede en Sevilla y servicio en toda España.
Da igual el sector: si una empresa de Cuenca utiliza sistemas de Inteligencia Artificial como ChatGPT o Copilot, el Reglamento (UE) 2024/1689, de aplicación directa en España, le exige cumplir. Atendemos en remoto y de forma presencial, y garantizamos por contrato la adaptación frente a la AESIA.
Primera ley integral de IA del mundo, el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (UE 2024/1689) se aplica directamente en España sin necesidad de transposición. Su alcance cubre a toda empresa que utilice, distribuya o desarrolle sistemas basados en IA en la Unión Europea, incluidas las de toda la provincia de Cuenca, con independencia del tamaño o del sector.
En España el organismo supervisor es la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), con sede en A Coruña. Sus competencias alcanzan a las empresas de Cuenca igual que a las del resto del país: requerir evidencias de cumplimiento, realizar inspecciones y emitir sanciones. Aunque la Ley española de gobernanza de la IA está en tramitación desde mayo de 2026, el Reglamento europeo es plenamente exigible.
En Normapymes estructuramos sus evidencias legales con una tasa histórica del 0% de auditorías de cumplimiento invalidadas, garantía por escrito y atención tanto presencial como en remoto para las empresas de Cuenca.
Las obligaciones entran en vigor por fases. Planifique la adaptación de su empresa antes de cada fecha límite.
Ya rigen las prohibiciones absolutas del Art. 5 y el deber de alfabetización en IA de la plantilla (Art. 4).
Se activan las obligaciones de los modelos de IA de propósito general y arranca el nuevo régimen de sanciones europeo.
Plena aplicación: sistemas de alto riesgo del Anexo III, etiquetado del contenido sintético (Art. 50) y AESIA con toda su capacidad sancionadora.
Exigibilidad de cumplimiento para sistemas de IA integrados como componentes de seguridad en productos ya regulados.
Nota: el Reglamento (UE) 2026/1744, publicado en el DOUE el 24 de julio de 2026, aplazo las obligaciones de los sistemas de alto riesgo: al 2 de diciembre de 2027 las del Anexo III y al 2 de agosto de 2028 las del articulo 6.1. Las prohibiciones y la alfabetizacion en IA siguen plenamente vigentes.
Según el uso que su empresa haga de la IA, las obligaciones legales serán unas u otras:
Si su personal usa herramientas comerciales como ChatGPT, Copilot o Gemini, está obligado a realizar un inventario formal de sistemas, establecer una política de uso corporativa y certificar la formación en alfabetización en IA (Art. 4).
Si aplica IA para preselección de personal (RRHH), análisis de solvencia para créditos o evaluación de desempeño, se clasifica en el Anexo III. Debe documentar medidas de supervisión humana, control de sesgos y registro de actividad (Art. 26).
Cuando se crean imágenes, audios o vídeos sintéticos con IA para campañas o comunicación, es obligatorio etiquetar ese contenido como "generado por IA" y evitar así el engaño (Art. 50).
El Reglamento IA contempla multas sustancialmente mayores que el RGPD. Se aplican criterios de proporcionalidad a las PYMES, pero no exenciones.
Si la empresa aplica prácticas de IA prohibidas por el Artículo 5.
Cuando se incumplen los requisitos de los sistemas de IA de Alto Riesgo.
Si se entrega información inexacta o engañosa a las autoridades (AESIA).
⚠️ Importante: Si además hay datos personales afectados, las multas del RGPD se suman a las sanciones del Reglamento IA.
Cuatro pasos ordenados, sin rodeos, para que su pyme quede legalmente protegida.
Elaboramos el mapa completo de sistemas de IA de la organización, shadow AI incluido, y clasificamos cada uno según su riesgo legal.
Definimos por escrito qué herramientas están autorizadas, cómo se aprueban sistemas nuevos y qué datos pueden emplearse.
Impartimos formación certificada en uso seguro de la IA para toda la plantilla, bonificable al 100% a través de FUNDAE.
Generamos el dossier con todas las evidencias de cumplimiento técnico y organizativo requeridas ante una inspección de AESIA.
Si su empresa ya cuenta con una certificación ISO 27001, cumple con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) o tiene implementado el RGPD con nosotros, gran parte del camino ya está recorrido.
Reutilizamos lo que ya tiene: políticas de seguridad de la información, análisis de riesgos y control de accesos. Basta con extender esas medidas a los nuevos riesgos y deberes de la IA, lo que recorta plazos y costes.
Consulte también el impacto cruzado en la directiva de ciberseguridad NIS2 si pertenece a sectores esenciales o importantes.
Le llamamos en menos de 2 horas con una primera valoración gratuita y sin compromiso.
Si su empresa de Cuenca necesita otras certificaciones u obligaciones legales, las cubrimos con el mismo equipo y garantía por contrato.