¿Busca cumplir el Reglamento de IA (AI Act) en Guadalajara? La consultora Normapymes ejecuta el proceso completo, diagnóstico, implantación y documentación de cumplimiento, en apenas 14 días (2 semanas). El éxito queda garantizado al 100% por contrato y trabajará con un consultor dedicado, sin papeleo inútil. Normapymes es una consultora española de cumplimiento normativo especializada en la implantación y certificación de normas ISO, con sede en Sevilla y servicio en toda España.
Da igual el sector: si una empresa de Guadalajara utiliza sistemas de Inteligencia Artificial como ChatGPT o Copilot, el Reglamento (UE) 2024/1689, de aplicación directa en España, le exige cumplir. Atendemos en remoto y de forma presencial, y garantizamos por contrato la adaptación frente a la AESIA.
El Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (UE 2024/1689) es la primera norma integral de IA aprobada en el mundo. Al ser de aplicación directa en España, obliga a cualquier empresa que use, distribuya o desarrolle sistemas de IA dentro de la Unión Europea; las pymes de Guadalajara quedan tan afectadas como una gran corporación, sea cual sea su actividad.
La Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), con sede en A Coruña, es el supervisor oficial en España: puede inspeccionar pymes en cualquier provincia, incluida la provincia de Guadalajara, exigir la documentación de cumplimiento y sancionar las infracciones. La ley española de gobernanza de la IA sigue en tramitación, pero el Reglamento europeo es de aplicación directa y ya es exigible por sí mismo.
Ayudamos a las empresas de Guadalajara a ordenar sus evidencias legales con garantía contractual y una tasa histórica del 0% de auditorías de cumplimiento invalidadas, combinando trabajo presencial y en remoto según convenga.
La ley europea establece una implantación progresiva de obligado cumplimiento. Prepare su empresa a tiempo.
Prohibición de prácticas de riesgo inadmisible (Art. 5) y obligación de alfabetización en IA del personal (Art. 4).
Entrada en vigor de las normas para modelos de IA de propósito general y el nuevo régimen sancionador europeo.
Obligaciones para sistemas de alto riesgo (Anexo III), etiquetado de contenido sintético (Art. 50) y plena capacidad sancionadora de AESIA.
Exigibilidad de cumplimiento para sistemas de IA integrados como componentes de seguridad en productos ya regulados.
Nota: el Reglamento (UE) 2026/1744, publicado en el DOUE el 24 de julio de 2026, aplazo las obligaciones de los sistemas de alto riesgo: al 2 de diciembre de 2027 las del Anexo III y al 2 de agosto de 2028 las del articulo 6.1. Las prohibiciones y la alfabetizacion en IA siguen plenamente vigentes.
Su responsabilidad legal depende de cómo se use la Inteligencia Artificial en la operativa diaria:
¿Su plantilla trabaja con ChatGPT, Copilot o Gemini? Entonces debe mantener un inventario formal de sistemas, aprobar una política corporativa de uso y acreditar la formación en alfabetización en IA que exige el Art. 4.
Si aplica IA para preselección de personal (RRHH), análisis de solvencia para créditos o evaluación de desempeño, se clasifica en el Anexo III. Debe documentar medidas de supervisión humana, control de sesgos y registro de actividad (Art. 26).
Cuando se crean imágenes, audios o vídeos sintéticos con IA para campañas o comunicación, es obligatorio etiquetar ese contenido como "generado por IA" y evitar así el engaño (Art. 50).
Hablamos de sanciones bastante más altas que las del RGPD. A las pymes se les aplica proporcionalidad; exenciones, ninguna.
Por incurrir en alguna de las prácticas prohibidas del Artículo 5.
Por no cumplir los requisitos exigidos a los sistemas de Alto Riesgo.
Si se entrega información inexacta o engañosa a las autoridades (AESIA).
⚠️ Importante: Cuando la infracción afecta a datos personales, la sanción del Reglamento IA puede acumularse a la del RGPD.
Implementamos un sistema ordenado y rápido para garantizar la seguridad legal de su pyme.
Identificamos y mapeamos todos los sistemas de IA utilizados en su empresa (incluido el shadow AI) y los clasificamos por nivel de riesgo legal.
Definimos por escrito qué herramientas están autorizadas, cómo se aprueban sistemas nuevos y qué datos pueden emplearse.
Formamos y concienciamos a su personal en el uso seguro de IA. Formación certificada 100% bonificable a través de FUNDAE.
Preparamos el dossier de evidencias técnicas y organizativas que le pedirán en una eventual inspección de AESIA.
Si su empresa ya cuenta con una certificación ISO 27001, cumple con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) o tiene implementado el RGPD con nosotros, gran parte del camino ya está recorrido.
En lugar de partir de cero, extendemos sus políticas de seguridad, análisis de riesgos y controles de acceso actuales para cubrir las nuevas obligaciones de la Inteligencia Artificial. El resultado: menos plazo y menos coste.
¿Sector esencial o importante? Tenga en cuenta también el solape con la directiva de ciberseguridad NIS2.
Sin compromiso. Le llamamos en menos de 2 horas con una valoración inicial gratuita.
El mismo equipo que le adapta al Reglamento IA implanta en Guadalajara el resto de normas y obligaciones legales, siempre con garantía por contrato.