¿Busca cumplir el Reglamento de IA (AI Act) en Cádiz? La consultora Normapymes ejecuta el proceso completo, diagnóstico, implantación y documentación de cumplimiento, en apenas 14 días (2 semanas). El éxito queda garantizado al 100% por contrato y trabajará con un consultor dedicado, sin papeleo inútil. Normapymes es una consultora española de cumplimiento normativo especializada en la implantación y certificación de normas ISO, con sede en Sevilla y servicio en toda España.
Si en su empresa de Cádiz se usan ChatGPT, Copilot u otras herramientas de Inteligencia Artificial, el Reglamento (UE) 2024/1689 le impone obligaciones concretas: es de aplicación directa en toda España. Le ayudamos a evitar inspecciones de la AESIA con garantía por contrato y atención presencial o en remoto.
El Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como AI Act, es la primera regulación integral de la Inteligencia Artificial a nivel mundial y rige de forma directa en España. Ninguna empresa que utilice, comercialice o desarrolle sistemas de IA en la UE queda fuera: tampoco las pymes y micropymes de Cádiz, por pequeñas que sean.
El papel de inspector y sancionador corresponde en España a la AESIA (Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial), con sede en A Coruña. Puede pedir la documentación de cumplimiento a cualquier pyme, incluidas las de Cádiz incluidas, y abrir expedientes sancionadores. No hace falta esperar a la Ley española de gobernanza de la IA, en tramitación desde mayo de 2026: el Reglamento europeo obliga por sí solo.
Nuestro equipo prepara todas sus evidencias legales, con un histórico del 0% de auditorías de cumplimiento invalidadas, y lo garantiza bajo contrato. El servicio se presta en remoto y de forma presencial en Cádiz.
Las obligaciones entran en vigor por fases. Planifique la adaptación de su empresa antes de cada fecha límite.
Prohibición de prácticas de riesgo inadmisible (Art. 5) y obligación de alfabetización en IA del personal (Art. 4).
Comienzan a aplicarse las reglas sobre modelos de IA de propósito general junto con el régimen sancionador europeo.
Exigibilidad total: requisitos del Anexo III para alto riesgo, marcado de contenido sintético (Art. 50) y potestad sancionadora completa de AESIA.
Último hito: los sistemas de IA embebidos como componente de seguridad en productos regulados deben cumplir plenamente.
Nota: el Reglamento (UE) 2026/1744, publicado en el DOUE el 24 de julio de 2026, aplazo las obligaciones de los sistemas de alto riesgo: al 2 de diciembre de 2027 las del Anexo III y al 2 de agosto de 2028 las del articulo 6.1. Las prohibiciones y la alfabetizacion en IA siguen plenamente vigentes.
El nivel de obligaciones varía según el papel que juegue la IA en su actividad cotidiana:
¿Su plantilla trabaja con ChatGPT, Copilot o Gemini? Entonces debe mantener un inventario formal de sistemas, aprobar una política corporativa de uso y acreditar la formación en alfabetización en IA que exige el Art. 4.
Usar IA en preselección de candidatos (RRHH), scoring de solvencia o evaluación del desempeño sitúa el sistema en el Anexo III: exige documentar supervisión humana, control de sesgos y registros de actividad (Art. 26).
¿Genera imágenes, audios o vídeos sintéticos con IA para marketing o comunicación? La ley le obliga a marcarlos y etiquetarlos como "generado por IA" para no inducir a engaño (Art. 50).
Hablamos de sanciones bastante más altas que las del RGPD. A las pymes se les aplica proporcionalidad; exenciones, ninguna.
Si la empresa aplica prácticas de IA prohibidas por el Artículo 5.
Cuando se incumplen los requisitos de los sistemas de IA de Alto Riesgo.
Por facilitar a la autoridad (AESIA) información falsa o inexacta.
⚠️ Importante: Cuando la infracción afecta a datos personales, la sanción del Reglamento IA puede acumularse a la del RGPD.
Trabajamos con un método rápido y sistemático que asegura el cumplimiento legal de su pyme.
Identificamos y mapeamos todos los sistemas de IA utilizados en su empresa (incluido el shadow AI) y los clasificamos por nivel de riesgo legal.
Definimos por escrito qué herramientas están autorizadas, cómo se aprueban sistemas nuevos y qué datos pueden emplearse.
Formamos y concienciamos a su personal en el uso seguro de IA. Formación certificada 100% bonificable a través de FUNDAE.
Compilamos todas las evidencias de cumplimiento, técnicas y organizativas, listas para presentar ante una inspección de AESIA.
Para las empresas que ya disponen de ISO 27001, del Esquema Nacional de Seguridad (ENS) o de un RGPD bien implantado, el recorrido pendiente es mucho más corto.
En lugar de partir de cero, extendemos sus políticas de seguridad, análisis de riesgos y controles de acceso actuales para cubrir las nuevas obligaciones de la Inteligencia Artificial. El resultado: menos plazo y menos coste.
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