¿Cómo implantar el Reglamento de IA (AI Act) en una pyme de Cáceres? En Normapymes realizamos la consultoría y dejamos su empresa adaptada en 2 semanas (14 días): un consultor en exclusiva, cero burocracia superflua y garantía de éxito del 100% recogida en contrato. Normapymes es una consultora española de cumplimiento normativo especializada en la implantación y certificación de normas ISO, con sede en Sevilla y servicio en toda España.
Si en su empresa de Cáceres se usan ChatGPT, Copilot u otras herramientas de Inteligencia Artificial, el Reglamento (UE) 2024/1689 le impone obligaciones concretas: es de aplicación directa en toda España. Le ayudamos a evitar inspecciones de la AESIA con garantía por contrato y atención presencial o en remoto.
El Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (UE 2024/1689) es la primera norma integral de IA aprobada en el mundo. Al ser de aplicación directa en España, obliga a cualquier empresa que use, distribuya o desarrolle sistemas de IA dentro de la Unión Europea; las pymes de Cáceres quedan tan afectadas como una gran corporación, sea cual sea su actividad.
El papel de inspector y sancionador corresponde en España a la AESIA (Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial), con sede en A Coruña. Puede pedir la documentación de cumplimiento a cualquier pyme, incluidas las de Cáceres incluidas, y abrir expedientes sancionadores. No hace falta esperar a la Ley española de gobernanza de la IA, en tramitación desde mayo de 2026: el Reglamento europeo obliga por sí solo.
Ayudamos a las empresas de Cáceres a ordenar sus evidencias legales con garantía contractual y una tasa histórica del 0% de auditorías de cumplimiento invalidadas, combinando trabajo presencial y en remoto según convenga.
El calendario europeo es escalonado y de obligado cumplimiento: conviene que su empresa llegue preparada a cada hito.
Ya rigen las prohibiciones absolutas del Art. 5 y el deber de alfabetización en IA de la plantilla (Art. 4).
Comienzan a aplicarse las reglas sobre modelos de IA de propósito general junto con el régimen sancionador europeo.
Exigibilidad total: requisitos del Anexo III para alto riesgo, marcado de contenido sintético (Art. 50) y potestad sancionadora completa de AESIA.
Exigibilidad de cumplimiento para sistemas de IA integrados como componentes de seguridad en productos ya regulados.
Nota: el Reglamento (UE) 2026/1744, publicado en el DOUE el 24 de julio de 2026, aplazo las obligaciones de los sistemas de alto riesgo: al 2 de diciembre de 2027 las del Anexo III y al 2 de agosto de 2028 las del articulo 6.1. Las prohibiciones y la alfabetizacion en IA siguen plenamente vigentes.
El nivel de obligaciones varía según el papel que juegue la IA en su actividad cotidiana:
¿Su plantilla trabaja con ChatGPT, Copilot o Gemini? Entonces debe mantener un inventario formal de sistemas, aprobar una política corporativa de uso y acreditar la formación en alfabetización en IA que exige el Art. 4.
La preselección de personal, el análisis de solvencia crediticia o la evaluación de desempeño con IA entran en el Anexo III. Tendrá que acreditar supervisión humana, gestión de sesgos y registro de actividad según el Art. 26.
¿Genera imágenes, audios o vídeos sintéticos con IA para marketing o comunicación? La ley le obliga a marcarlos y etiquetarlos como "generado por IA" para no inducir a engaño (Art. 50).
Las multas del Reglamento IA superan con claridad a las del RGPD. Para las pymes hay proporcionalidad, pero ninguna exención.
Si la empresa aplica prácticas de IA prohibidas por el Artículo 5.
Por no cumplir los requisitos exigidos a los sistemas de Alto Riesgo.
Si se entrega información inexacta o engañosa a las autoridades (AESIA).
⚠️ Importante: Las sanciones del Reglamento IA son acumulables con las multas del RGPD si hay afectación a datos personales.
Un proceso ordenado y ágil que deja a su pyme legalmente cubierta.
Localizamos todos los sistemas de IA en uso, también el shadow AI, y asignamos a cada uno su nivel de riesgo legal.
Redactamos la política interna de uso de herramientas autorizadas, flujo de aprobación de nuevos sistemas y control de datos permitidos.
Formamos y concienciamos a su personal en el uso seguro de IA. Formación certificada 100% bonificable a través de FUNDAE.
Preparamos el dossier de evidencias técnicas y organizativas que le pedirán en una eventual inspección de AESIA.
Si su empresa ya cuenta con una certificación ISO 27001, cumple con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) o tiene implementado el RGPD con nosotros, gran parte del camino ya está recorrido.
Aprovechamos sus políticas de seguridad de la información, análisis de riesgos y control de accesos existentes. Solo extendemos estas medidas para cubrir los nuevos riesgos y obligaciones de la Inteligencia Artificial, ahorrando plazos y costes de implantación.
¿Sector esencial o importante? Tenga en cuenta también el solape con la directiva de ciberseguridad NIS2.
Sin compromiso. Le llamamos en menos de 2 horas con una valoración inicial gratuita.
El mismo equipo que le adapta al Reglamento IA implanta en Cáceres el resto de normas y obligaciones legales, siempre con garantía por contrato.