¿Cómo adaptar una empresa de Almería al Reglamento de IA (AI Act)? Normapymes se encarga de la consultoría, la implantación y la preparación de evidencias en solo 2 semanas (14 días), con un consultor asignado en exclusiva, garantía del 100% firmada por contrato y sin burocracia innecesaria. Normapymes es una consultora española de cumplimiento normativo especializada en la implantación y certificación de normas ISO, con sede en Sevilla y servicio en toda España.
Da igual el sector: si una empresa de Almería utiliza sistemas de Inteligencia Artificial como ChatGPT o Copilot, el Reglamento (UE) 2024/1689, de aplicación directa en España, le exige cumplir. Atendemos en remoto y de forma presencial, y garantizamos por contrato la adaptación frente a la AESIA.
El Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como AI Act, es la primera regulación integral de la Inteligencia Artificial a nivel mundial y rige de forma directa en España. Ninguna empresa que utilice, comercialice o desarrolle sistemas de IA en la UE queda fuera: tampoco las pymes y micropymes de Almería, por pequeñas que sean.
El papel de inspector y sancionador corresponde en España a la AESIA (Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial), con sede en A Coruña. Puede pedir la documentación de cumplimiento a cualquier pyme, incluidas las de Almería incluidas, y abrir expedientes sancionadores. No hace falta esperar a la Ley española de gobernanza de la IA, en tramitación desde mayo de 2026: el Reglamento europeo obliga por sí solo.
Ayudamos a las empresas de Almería a ordenar sus evidencias legales con garantía contractual y una tasa histórica del 0% de auditorías de cumplimiento invalidadas, combinando trabajo presencial y en remoto según convenga.
La ley europea establece una implantación progresiva de obligado cumplimiento. Prepare su empresa a tiempo.
Prohibición de prácticas de riesgo inadmisible (Art. 5) y obligación de alfabetización en IA del personal (Art. 4).
Entrada en vigor de las normas para modelos de IA de propósito general y el nuevo régimen sancionador europeo.
Obligaciones para sistemas de alto riesgo (Anexo III), etiquetado de contenido sintético (Art. 50) y plena capacidad sancionadora de AESIA.
Exigibilidad de cumplimiento para sistemas de IA integrados como componentes de seguridad en productos ya regulados.
Nota: el Reglamento (UE) 2026/1744, publicado en el DOUE el 24 de julio de 2026, aplazo las obligaciones de los sistemas de alto riesgo: al 2 de diciembre de 2027 las del Anexo III y al 2 de agosto de 2028 las del articulo 6.1. Las prohibiciones y la alfabetizacion en IA siguen plenamente vigentes.
Su responsabilidad legal depende de cómo se use la Inteligencia Artificial en la operativa diaria:
El simple uso de herramientas comerciales (ChatGPT, Copilot, Gemini) ya obliga a inventariar los sistemas, fijar una política de uso corporativa y certificar la alfabetización en IA del personal conforme al Art. 4.
La preselección de personal, el análisis de solvencia crediticia o la evaluación de desempeño con IA entran en el Anexo III. Tendrá que acreditar supervisión humana, gestión de sesgos y registro de actividad según el Art. 26.
¿Genera imágenes, audios o vídeos sintéticos con IA para marketing o comunicación? La ley le obliga a marcarlos y etiquetarlos como "generado por IA" para no inducir a engaño (Art. 50).
Las multas del Reglamento IA superan con claridad a las del RGPD. Para las pymes hay proporcionalidad, pero ninguna exención.
Si la empresa aplica prácticas de IA prohibidas por el Artículo 5.
Cuando se incumplen los requisitos de los sistemas de IA de Alto Riesgo.
Por suministrar información inexacta o falsa a las autoridades (AESIA).
⚠️ Importante: Cuando la infracción afecta a datos personales, la sanción del Reglamento IA puede acumularse a la del RGPD.
Un proceso ordenado y ágil que deja a su pyme legalmente cubierta.
Localizamos todos los sistemas de IA en uso, también el shadow AI, y asignamos a cada uno su nivel de riesgo legal.
Definimos por escrito qué herramientas están autorizadas, cómo se aprueban sistemas nuevos y qué datos pueden emplearse.
Impartimos formación certificada en uso seguro de la IA para toda la plantilla, bonificable al 100% a través de FUNDAE.
Compilamos todas las evidencias de cumplimiento, técnicas y organizativas, listas para presentar ante una inspección de AESIA.
¿Ya está certificado en ISO 27001, cumple el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) o implantó el RGPD con nuestro equipo? Entonces buena parte del trabajo está hecha.
En lugar de partir de cero, extendemos sus políticas de seguridad, análisis de riesgos y controles de acceso actuales para cubrir las nuevas obligaciones de la Inteligencia Artificial. El resultado: menos plazo y menos coste.
¿Sector esencial o importante? Tenga en cuenta también el solape con la directiva de ciberseguridad NIS2.
Sin compromiso. Le llamamos en menos de 2 horas con una valoración inicial gratuita.
El mismo equipo que le adapta al Reglamento IA implanta en Almería el resto de normas y obligaciones legales, siempre con garantía por contrato.